Revés judicial para el Gobierno: la reforma laboral seguirá en la Justicia del Trabajo

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En una decisión de alto impacto político y judicial, el Juzgado Nacional del Trabajo N° 63 rechazó el intento del Gobierno nacional de desplazar al fuero laboral en la causa iniciada por la CGT contra la reforma laboral contenida en la Ley 27.802. El fallo ratificó que el conflicto debe tramitar en la Justicia del Trabajo y elevó la disputa a la Cámara Nacional de Apelaciones para que dirima la competencia.

La resolución, firmada por el juez Raúl Ojeda, desestimó la inhibitoria impulsada desde el fuero Contencioso Administrativo Federal, donde el Ejecutivo buscaba radicar el expediente. En términos concretos, el magistrado sostuvo que la causa no puede ser analizada fuera del ámbito laboral, ya que su núcleo está vinculado directamente con derechos individuales y colectivos de los trabajadores.
Un freno a la estrategia oficial
El planteo del Estado nacional apuntaba a trasladar el expediente bajo el argumento de que se trata de normas de derecho público y que, por lo tanto, debía intervenir la Justicia contencioso administrativa. Sin embargo, el fallo desarma esa postura con un criterio contundente: no importa quién es parte, sino qué se discute.

“La sola presencia del Estado no determina la competencia”, remarca la resolución, que enfatiza que el caso gira en torno a institutos centrales del derecho laboral como convenios colectivos, derecho de huelga, indemnizaciones, período de prueba y libertad sindical.
En ese sentido, el juez concluye que la materia en debate es “exclusivamente de derecho social”, lo que habilita sin dudas la intervención del fuero laboral por su especialización.
Reforma laboral bajo la lupa
La causa impulsada por la CGT busca que se declare la inconstitucionalidad de numerosos artículos de la Ley 27.802, al considerar que implican una regresión en derechos laborales y sindicales protegidos por la Constitución Nacional y tratados internacionales.

Aunque el fallo no entra aún en el fondo de la cuestión, deja señales claras sobre la gravedad del planteo: menciona la posible afectación de principios como la progresividad, la tutela judicial efectiva y la libertad sindical.
Además, introduce un cuestionamiento indirecto a la propia reforma, al advertir que las modificaciones que intentan limitar la competencia de la Justicia del Trabajo podrían no superar el test de constitucionalidad y convencionalidad.
Un proceso colectivo en marcha
Otro de los puntos centrales de la decisión es el estado avanzado del expediente. La causa ya fue inscripta en el Registro de Procesos Colectivos de la Corte Suprema y agrupa a más de una decena de expedientes conexos impulsados por sindicatos y federaciones.

En ese marco, el juez advierte que un cambio de fuero en esta instancia implicaría desarticular el proceso, afectar la economía procesal y generar un escenario de incertidumbre jurídica.
Incluso califica como “tardía” la maniobra del Estado y subraya que ya se dictaron medidas cautelares y se integraron actores clave como cámaras empresarias.
Alerta por el “juez natural” y estándares internacionales
El fallo también pone el foco en un aspecto sensible: el respeto al juez natural. Señala que desplazar la causa del fuero laboral podría vulnerar garantías del debido proceso y el acceso a la justicia.

En esa línea, cita estándares de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que establecen la necesidad de contar con tribunales especializados en materia laboral. De no cumplirse, advierte, el Estado podría incurrir en responsabilidad internacional.
La definición pasa a la Cámara
Con el rechazo de la inhibitoria, el expediente será elevado a la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, que deberá resolver el conflicto de competencia entre fueros.

La decisión que adopte ese tribunal será clave no solo para el futuro inmediato de la causa, sino también para el rumbo judicial de la reforma laboral impulsada por el Gobierno.
Por ahora, el mensaje del fallo es claro: el debate por los derechos laborales no se mueve del fuero que históricamente los tutela.
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