CIVIL

¿Cómo se calcula y qué factores influyen en el monto final?


La cuota alimentaria es uno de los temas que más dudas genera cuando se produce un divorcio o separación. Se trata de un derecho de los hijos y una obligación de los padres, regulada por el Código Civil y Comercial de la Nación, que busca garantizar que los menores —y en algunos casos los hijos mayores de edad— puedan mantener un nivel de vida digno, similar al que tenían antes de la ruptura familiar.

¿Qué significa la obligación de dar alimentos a los hijos?

De acuerdo con el artículo 658 del Código Civil y Comercial, la obligación de dar alimentos incluye todo lo necesario para que los hijos puedan alimentarse, vestirse, tener vivienda, acceder a la salud, educación, recreación y desarrollar un oficio o profesión.

Es decir, no se trata únicamente de comida, sino de cubrir integralmente las necesidades materiales y espirituales del niño, niña o adolescente.

¿Quiénes están obligados a pagar la cuota alimentaria?

Según la ley, ambos progenitores tienen el deber de dar alimentos a sus hijos, sin importar si conviven con ellos o no. Esto significa que incluso el padre o la madre que no vive con el hijo debe aportar económicamente para cubrir sus gastos.

El aporte no siempre es idéntico, cuando uno de los progenitores tiene un mayor nivel de ingresos, puede ser obligado a contribuir con una cuota mayor para que el hijo mantenga el mismo nivel de vida en ambos hogares (art. 666 CCyC).

¿Quién fija la cuota alimentaria después de una separación o divorcio?

Lo ideal es que los progenitores lleguen a un acuerdo voluntario sobre la cuota alimentaria y lo presenten para su homologación judicial, lo que le da validez legal.

Si no hay acuerdo, será el juez quien determine el monto teniendo en cuenta:

  • Las necesidades del hijo;
  • La capacidad económica de cada progenitor;
  • El nivel de vida previo a la separación.

Esto se encuentra regulado en el artículo 721 del Código Civil y Comercial y en el artículo 639 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

¿De qué manera se cumple con la cuota alimentaria?

La forma más común es el pago mensual en dinero, pero también se admite el cumplimiento «en especie». Esto significa que el progenitor puede hacerse cargo de determinados gastos directamente, como el pago del colegio, el club, la obra social o actividades extracurriculares.

El juez puede autorizar esta modalidad siempre que se garantice que las necesidades del hijo estén cubiertas.

¿Cuándo y hasta cuándo se paga la cuota alimentaria?

El momento de pago puede ser mensual, quincenal o semanal, según lo acuerden los padres o lo disponga el juez (art. 542 CCyC).

En cuanto a la duración de la obligación:

  • Se mantiene hasta los 21 años de los hijos;
  • Puede extenderse hasta los 25 años si estudian o se capacitan en un oficio y no pueden mantenerse por sus propios medios (arts. 658 y 663 CCyC).

¿Se puede pagar directamente al hijo mayor de edad?

Una vez cumplidos los 18 años, el progenitor puede entregarle el dinero directamente al hijo, siempre que ya no conviva con el otro progenitor. Ese dinero puede destinarse a sus estudios, vestimenta, transporte o actividades recreativas.

¿Las tareas del hogar cuentan como parte de la cuota alimentaria?

El artículo 660 del Código Civil y Comercial reconoce que las tareas de cuidado y crianza que realiza el progenitor conviviente tienen un valor económico. Por lo tanto, se consideran un aporte a la cuota alimentaria.

Esto explica por qué, en muchos casos, el progenitor que no convive con los hijos termina pagando un monto mayor en dinero.

¿Qué pasa si uno de los padres no paga la cuota alimentaria?

El incumplimiento puede reclamarse a través de un abogado o en un Centro de Acceso a la Justicia. Si no se logra un acuerdo, se puede iniciar un juicio.

El juez tiene facultades para:

  • Embargar bienes o cuentas bancarias;
  • Ordenar descuentos automáticos del salario;
  • Incluir al deudor en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.

En algunos casos, incluso puede disponerse la prohibición de salida del país hasta que se regularice la deuda.

¿Cómo se calcula la cuota alimentaria?

A diferencia de lo que ocurría antes de 2012, hoy no existe un porcentaje fijo. El cálculo depende de:

  • Ingresos de los padres;
  • Edad y necesidades del hijo;
  • Gastos de educación, salud, vivienda y recreación;
  • Nivel de vida previo a la separación;
  • Situaciones especiales, como enfermedades o discapacidades.

En la práctica, los jueces suelen establecer un rango que va del 20% al 30% de los ingresos del progenitor, aunque este porcentaje puede variar.

¿Qué sucede si cambia la situación económica?

Si el progenitor obligado a pagar la cuota alimentaria pierde su trabajo o ve reducidos sus ingresos, puede pedir una reducción provisoria. Del mismo modo, el otro progenitor puede solicitar una actualización de la cuota en casos de inflación, cambios en los gastos de los hijos o mejora de ingresos del obligado.

¿Qué pasa con el aguinaldo y otros ingresos?

El aguinaldo y otros adicionales, como horas extras o bonificaciones, pueden incluirse dentro de la cuota alimentaria, ya sea en forma total o proporcional.

¿Qué rol cumplen los abuelos y otros familiares?

Si los padres no pueden cumplir con la cuota alimentaria, la ley permite reclamar también a los abuelos y, en ciertos casos, a otros parientes cercanos. No obstante, siempre es necesario demostrar la imposibilidad de cobrarle primero al progenitor.


www.iprofesional.com

Posible Fuente

Publicaciones relacionadas

Deja una respuesta

Botón volver arriba
WhatsApp chat