las claves, cómo se aplicará y cuáles son los cambios

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El nuevo Régimen Penal Juvenil comenzó a regir este sábado en la Argentina y establece nuevas reglas para los adolescentes de entre 14 y 18 años que cometan delitos. La normativa reemplaza el esquema vigente desde 1980 y crea un sistema específico basado en la responsabilidad, la educación, la resocialización y la integración social.
¿Desde qué edad se puede aplicar el nuevo régimen?
Uno de los principales cambios es la reducción de la edad mínima de imputabilidad de 16 a 14 años. La medida está contemplada en la Ley 27.801, publicada en marzo en el Boletín Oficial, que reemplazó el régimen anterior y comenzó a aplicarse desde este sábado.
La norma establece que los adolescentes de entre 14 y 18 años que cometan delitos serán sometidos a un sistema penal especial. El objetivo declarado es “promover la responsabilidad por los actos cometidos y favorecer la educación, la resocialización y la integración social de los adolescentes”.
La exministra de Seguridad, Patricia Bullrich, defendió la entrada en vigencia del régimen y sostuvo: “Desde hoy no importa la edad. Si delinquís, las pagás. Se terminó la excusa de la edad para delinquir. El que roba, mata o lastima, responde por lo que hace. Durante años, los delincuentes menores tuvieron impunidad. Hoy empieza a cambiar”.
¿Qué penas pueden recibir los adolescentes?
El nuevo régimen prohíbe la prisión perpetua y establece un máximo de 15 años de privación de libertad, incluso cuando una persona sea condenada por varios delitos cuyas penas, sumadas, superen ese límite.
Además, después de cumplir dos tercios de la condena en detención, el tribunal podrá disponer que el tiempo restante sea cumplido mediante otras sanciones. Para acceder a esa posibilidad deberán cumplirse los requisitos correspondientes a la libertad condicional, existir un informe favorable de especialistas, contar con el consentimiento del Ministerio Público Fiscal y escuchar previamente la opinión de la víctima.
La aplicación de una pena de prisión tampoco será automática. En determinados casos, el sistema contempla medidas alternativas a la privación de libertad, según el delito cometido y las condiciones establecidas por la ley.
¿Cuáles son las alternativas a la prisión?
Para delitos cuya pena prevista sea de hasta tres años, el juez podrá disponer sanciones alternativas cuando se cumplan los requisitos legales. En los casos con penas superiores a tres años y de hasta diez años, también podrán utilizarse estas herramientas bajo condiciones adicionales.
Entre ellas se encuentran las prohibiciones de acercamiento, restricciones para concurrir a determinados lugares, tareas comunitarias, reparación del daño ocasionado a la víctima y una amonestación formal del tribunal acompañada por otra sanción.
El sistema también incorpora el monitoreo electrónico, que podrá utilizarse como una sanción autónoma o como mecanismo de control para verificar el cumplimiento de otras medidas.
A esto se suma un esquema de acompañamiento que contempla educación, capacitación laboral, asistencia interdisciplinaria y supervisión especializada para los adolescentes alcanzados por el régimen.
¿Dónde cumplirán las penas quienes sean privados de su libertad?
Cuando corresponda una medida de detención, los adolescentes deberán permanecer en establecimientos especialmente adaptados para menores de edad, separados de las personas adultas.
La normativa establece además que los espacios deberán contar con personal capacitado y especializado para trabajar con adolescentes. La intención es que la privación de libertad se desarrolle dentro de un sistema diferenciado y acorde con las características del régimen penal juvenil.
Otro punto central es la protección de la identidad. Los medios de comunicación y otras publicaciones no podrán difundir nombres, apodos, domicilios, fotografías ni otros datos que permitan identificar a los adolescentes involucrados en una causa.
¿Qué derechos tienen las víctimas y qué responsabilidad tienen los padres?
El nuevo esquema también incorpora mecanismos para que las víctimas puedan participar en el proceso y acceder a información sobre la causa. Su opinión deberá ser escuchada en determinadas decisiones vinculadas con el cumplimiento de las sanciones.
Bullrich también sostuvo: “la ley tiene que proteger a las víctimas y no a los delincuentes, como les gusta a algunos. Se terminó la impunidad. Y para las víctimas de menores delincuentes y sus familias, una pizca de la justicia que nunca van a tener.”
Además, la normativa contempla la responsabilidad civil de los padres por los delitos cometidos por sus hijos, de acuerdo con las condiciones previstas por el Código Civil y Comercial.
¿Qué desafíos plantea la implementación del nuevo sistema?
La puesta en marcha del régimen genera expectativas y también interrogantes dentro de la Justicia. Los tribunales anticipan un posible incremento de la cantidad de causas, mientras persisten dudas sobre la disponibilidad de personal especializado, infraestructura, dispositivos de monitoreo, pulseras electrónicas y supervisores capacitados.
Otro desafío será coordinar la aplicación de la ley nacional con los procedimientos provinciales y los distintos códigos procesales penales.
Para implementar el nuevo régimen, el Congreso destinó $23.739.155.303,08. Algunas provincias ya comenzaron a desarrollar protocolos y mesas de trabajo, mientras la Justicia nacional y el Ministerio Público Fiscal mantienen conversaciones para establecer criterios comunes de aplicación.
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