CIVIL

Por qué Mercado Libre no podrá reclamar el cobro de créditos a víctima de estafa virtual

Además, le prohibió reportar a la usuaria como deudora ante el BCRA u otras bases de datos. Los datos más relevantes de la sentencia

07/05/2025 – 09:52hs

mercado pago

La Cámara Civil y Comercial de Trenque Lauquen confirmó una medida cautelar a favor de una consumidora que fue víctima de una ciberestafa y le ordenó a Mercado Libre abstenerse de reclamar el cobro de tres créditos gestionados a través de Mercado Pago. Además, le prohibió reportar a la usuaria como deudora ante el BCRA u otras bases de datos.

El caso se originó cuando la mujer, tras realizar una compra y reclamar por la demora en la entrega, fue contactada por alguien que se presentó como el vendedor. Esta persona conocía todos los detalles de la operación, lo que generó confianza en la víctima. A través de indicaciones que simulaban una devolución del producto, logró que la mujer autorizara operaciones de crédito por más de 16 millones de pesos. Las operaciones incluyeron tres préstamos desde Mercado Pago (por $2.000.000, $812.000 y $84.000) y una operación de $15.000.000 con el Banco Macro.

La estafa se completó mediante el contacto con el esposo de la víctima, a quien los delincuentes engañaron por videollamada. Durante esa comunicación, lo guiaron para habilitar funciones en su dispositivo, lo que permitió ejecutar la maniobra delictiva. Esta situación fue denunciada penalmente y generó un expediente paralelo.

El juez de primera instancia valoró la verosimilitud del derecho invocado y el peligro en la demora, dado que la usuaria enfrentaba un reclamo económico por una deuda que no había contraído de forma consciente. También se destacó su situación de vulnerabilidad frente a herramientas digitales complejas y el deber de información que pesa sobre las empresas en contratos de consumo.

Mercado Libre apeló la medida, sosteniendo que no existió ninguna falla en su sistema y que fue la propia usuaria quien autorizó las operaciones, siguiendo instrucciones de terceros externos. Además, argumentó que no se había probado la existencia de una estafa.

Ciberestafa: por qué Mercado Libre no podrá cobrar el crédito que otorgó

Sin embargo, la Cámara ratificó la resolución. Los jueces Andrés Antonio Soto y Carlos Alberto Lettieri destacaron que el contacto con los estafadores ocurrió poco después de una comunicación previa con una cuenta verificada de WhatsApp de Mercado Libre, lo que fortalecía la hipótesis del fraude. Subrayaron que la empresa no podía desentenderse del contexto ni de la complejidad de los sistemas que maneja, ni de la dificultad del consumidor promedio para comprenderlos plenamente.

El fallo remarcó el rol central que cumple Mercado Libre como intermediario en el comercio electrónico, y su responsabilidad en la protección de los usuarios. Asimismo, recordó que el artículo 1107 del Código Civil y Comercial impone al proveedor el deber de brindar información clara sobre el uso de medios electrónicos, considerando que los consumidores no poseen conocimientos técnicos comparables.

Finalmente, los camaristas confirmaron la cautelar y ordenaron que las costas del proceso sean asumidas por Mercado Libre.




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